Preguntas frecuentes

Te asesoramos en temas de prevención

Inhumaciones

1. ¿Puedo inhumar un fallecido por COVID19?

Según Resolución Ministerial N°2008-2020-MINSA publicado el 19 de Abril del 2020 indica que si se puede inhumar un fallecido por Covid19.

2. ¿Cuántas personas pueden asistir a la inhumación de un fallecido por COVID19?

Se permite el ingreso a 5 familiares, guardando la distancia permitida de 1 metro.

3. ¿Quiénes no pueden asistir a un sepelio por COVID19?

Esta restringido el ingreso a los adultos mayores de 65 años, personas con enfermedades crónicas, menores de edad y mujeres en estado de gestación.

4. ¿Qué hacer ante la pérdida de un ser querido?

El contratante o Familiar se deberá comunicar con nuestra central de emergencias (054) 60 4848, donde nuestros asesores lo atenderán las 24 horas de Lunes a Domingo.

5. ¿Qué documentación se requiere para realizar la inhumación*?

Muerte Natural

  • Copia del DNI del Contratante y declarante de ser el caso.
  • Copia del DNI del fallecido.
  • Copia del certificado médico de defunción.
  • Acta de defunción original de RENIEC.
  • Autorización de ocupación de sepultura, proporcionada por el Camposanto, firmada por el contratante o un familiar directo (de ser el caso).
  • Si excede de las 48 Horas para sepultar deberá presentar:
    1. Permiso de la Dirección de Salud (DISA) de lunes a viernes y Juzgado de Turno los sábados y domingos.
    2. Certificado de Embalsamamiento Original.

Muerte Accidental

  • Copia del DNI del Contratante y declarante de ser el caso.
  • Copia del DNI del fallecido.
  • Copia del certificado médico de defunción.
  • Acta de defunción original de RENIEC.
  • Autorización de ocupación de sepultura, proporcionada por el Camposanto, firmada por el contratante o un familiar directo (de ser el caso).
  • Constancia de inhumación Original (otorgada por la morgue).
  • Copia del certificado de necropsia (otorgada por la morgue).

*Inhumación: consiste en el acto de enterrar los restos en ataúd, cofre cinerario.

6. ¿Quién certifica el deceso?

  • En el caso de muerte natural: el médico tratante (en domicilio u hospital).
  • En el caso de muerte accidental: el médico forense de la morgue.

7. ¿Quién emite y para qué sirve el certificado médico de defunción?

El médico debe emitir el Certificado de Defunción para constatar las causas por las cuales se produjo el deceso. Además, se debe indicar el lugar, fecha, hora, datos de los padres y del cónyuge de ser el caso. Este certificado permite la inscripción en Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) y la obtención del Acta de Defunción.

8. ¿Quién debe inscribir el acta o partida de defunción?

Un familiar directo o de lo contrario un representante de la funeraria.

9. ¿Dónde se inscribe el acta de defunción?

En la dependencia de la RENIEC del distrito donde se produjo el deceso o en los locales del registro civil de la RENIEC, que se encuentran dentro de los recintos de las municipalidades y también en algunos hospitales.

10. ¿Qué documentos se necesitan para tramitar el acta de defunción?

Se debe presentar el documento original de identidad (DNI) del fallecido, Certificado Médico de Defunción (original) y el documento de Identidad de la persona encargada a realizar el trámite.

11. ¿Quién emite el acta de defunción?

RENIEC emite el Acta de Defunción. Si la inscripción se hace en un día hábil la entrega es inmediata y la primera copia del documento original es en forma gratuita. En cambio, si fuese el fin de semana o día feriado, la inscripción se realizará el primer día hábil aun habiendo transcurrido 48 horas.

12. ¿Qué hacer con el acta o partida de defunción?

El acta original se debe presentar al Camposanto donde va a ser inhumada la persona fallecida.

13. ¿Quién hace los tramites de Sepelio con el Camposanto?

De preferencia lo realiza el titular del contrato o de lo contrario un familiar directo del fallecido, presentando los documentos de ley de acuerdo al tipo de deceso.

14. ¿Hay algún abono que realizar para acceder a las sepulturas?

Sí, se deberá realizar un abono de Servicio de Sepelio con estipendio vigente, cada vez que se proceda habilitar un espacio.

*Recuerde que sus abonos deberán estar al día para que pueda acceder al uso del espacio (revisar cláusulas del contrato).

15. ¿Qué hacer en trámites especiales?

  1. Inhumación postergada: Si tuviera que velar a un familiar por más tiempo de lo que dispone la ley (48 horas), contacte a su funeraria para lo siguiente:
      • Embalsamar el cuerpo:Este procedimiento lo hace un profesional patólogo y no está incluido la tanatopraxia* en un plan de Asistencia Funeraria tradicional. El embalsamamiento se coordina previamente con la funeraria quien le entregará el Certificado de Embalsamiento a la familia para que realice el trámite pertinente.
      • Permiso al Ministerio de Salud:Lo otorgan en las oficinas del DISA (Dirección de Salud) acercándose con el Certificado de Embalsamiento.

     

  2. Repatriación de restos o traslado nacional/internacional: En el caso de que su ser querido fallezca fuera del país o en provincia, contacte a una funeraria local para que gestione lo siguiente:
    • Trámites en el extranjero– Certificado de Defunción.
      – Acta de Defunción visada por el Consulado Peruano.
      – Embalsamiento y traslado a Perú.
      – Autorización de entrada y salida del país (Oficinas de la Dirección de Salud – DISA).
    • Trámites en provincia
      – Certificado de Defunción.
      – Acta de Defunción otorgado por la RENIEC.
      – Embalsamiento y traslado a Lima.
      – Permiso de Traslado (Oficinas de Dirección de Salud – DISA).

Nota:

*TANATOPRAXIA: Conjunto de prácticas que se realizan sobre un cadáver desarrollando y aplicando métodos tanto para su higienización, conservación, embalsamiento, restauración, reconstrucción y cuidado estético del cadáver, como para el soporte de su presentación.

16. ¿Cuál es el horario de atención en los camposantos?

Horario de atención: Lunes a Domingo de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

17. ¿Cuál es el horario de atención de sepelios?

Horario de Sepelios: De 10.00 a.m. a 4.00 p.m.

Cremación

1. ¿Qué es la cremación?

Consiste en la incineración del cuerpo en un horno individual, Este proceso es llevado a cabo en un crematorio.

2. ¿Qué dice la Iglesia sobre la cremación?

En 1963 la Iglesia Católica permitió la cineración, siempre que los restos descansen en un lugar sacro. Por ende, recomienda a sus fieles sepultar las cenizas en un campo santo “La Iglesia aconseja vivamente que se conserve la piadosa costumbre de sepultar el cadáver de los difuntos; sin embargo, no prohíbe la cremación,” (Código de Derecho Canónico, canon 1176).

3. ¿Cuánto dura una cremación?

El proceso para incinerar un cuerpo dura aproximadamente dos horas.

4. Cuánto pesan las cenizas de un cuerpo cremado

Depende de la contextura del fallecido. Máximo 3 kilogramos.

5. ¿Qué documentación se requiere para realizar la Cremación?

Muerte por COVID 19

  1. Certificado de defunción donde se especifica la causa de muerte (Positivo o sospechoso COVID).
  2. Copia simple del Documento Nacional de Identidad (DNI) o Carné de Extranjería del fallecido según corresponda.

Muerte Natural

  1. Solicitud con carácter de Declaración Jurada del familiar ascendente ó cónyuge dirigida al Director General de la Dirección de salud – MINSA
  2. Copia simple del Comprobante de Pago, por el derecho de trámite, en caja de MINSA
  3. Autorización de cremación emitida por el MINSA
  4. Copia simple del Documento Nacional de Identidad (DNI) ó Carné de Extranjería del solicitante según corresponda.
  5. Copia simple del Certificado de Defunción.
  6. Copia simple del Documento Nacional de Identidad (DNI) ó Carné de Extranjería del fallecido según corresponda.
  7. Copia simple de la Partida de y/o documento que acredite el Registro de Defunción, expedida por la Municipalidad correspondiente.
  8. Copia simple del Certificado y Protocolo de Necropsia suscrito por el Médico Anátomo Patólogo.

Muerte Súbita o Violenta

  1. Solicitud con carácter de Declaración Jurada del familiar ascendente ó cónyuge dirigida al Director General de la Dirección de salud – MINSA
  2. Copia simple del Comprobante de Pago, por el derecho de trámite, en caja de MINSA
  3. Autorización de cremación emitida por el MINSA
  4. Copia simple del Documento Nacional de Identidad (DNI) ó Carné de Extranjería del solicitante según corresponda.
  5. Copia simple del Certificado de Defunción.
  6. Copia simple del Documento Nacional de Identidad (DNI) ó Carné de Extranjería del fallecido según corresponda.
  7. Copia simple de la Partida de y/o documento que acredite el Registro de Defunción, expedida por la Municipalidad correspondiente.
  8. Copia simple de la Constancia y Protocolo de Necropsia, expedida por el Médico Legista.
  9. Copia certificada de la Autorización del Fiscal Provincial en caso de accidente, suicidio ó crimen.

6. ¿Cuántas personas pueden asistir a la cremación de un fallecido por COVID19?

  • Pueden asistir máximo 2 personas
  • Esta restringido el ingreso a los adultos mayores de 65 años, personas con enfermedades crónicas, menores de edad y mujeres en estado de gestación.

7. ¿Cuándo un fallecido no puede ser cremado?

Cuando tiene instalado un dispositivo electrónico en el cuerpo como un marcapaso u otro similar. La familia deberá de solicitar el retiro del dispositivo al médico responsable, realizando una necropsia.

Protocolo de Inhumación

1. Ingreso – Recibimiento – Misa de Cuerpo Presente

  • Puntualidad al llegar al camposanto
  • La carroza ingresara a la plaza mayor del Camposanto.
  • El coordinador de protocolo es quien recibe el cortejo en la plaza mayor.
  • En caso de que se celebre misa de cuerpo presente, sonara la campana anunciando el inicio de la santa misa.
  • En caso el sepelio se dirija directamente al lugar de sepultura será el coordinar de protocolo quien indicara los pasos a seguir.

*La misa de cuerpo presente es a disponibilidad de la capilla.

2. ¿Quién certifica el deceso?

  • En el caso de muerte natural: el médico tratante (en domicilio u hospital).
  • En el caso de muerte accidental: el médico forense de la morgue.

3. Procesión Hacia el Lugar de Sepultura.

El coordinador de protocolo acompañado del acolito, dirigen el cortejo procesional hacia el lugar de sepultura.

4. El Ultimo Adiós

  • Los familiares directos se ubicaran en el toldo y las sillas habilitadas especialmente para ellos. Los asistentes podrán colocarse alrededor del espacio de sepultura detrás de los balaustres y separadores.
  • En ese momento de acuerdo al ritual de exequias y protocolo establecido, se inicia la ceremonia con las oraciones y las lecturas que indica la liturgia.
  • Durante la ceremonia y con las indicaciones del coordinador de protocolo los familiares cercanos podrán colocar las flores sobre el ataúd.
  • Se procede al descenso del féretro en lo que será su última morada terrenal.
  • Los Familiares y/o amigos si así lo desean pueden hacer uso de la palabra en un tiempo no mayor a cinco minutos.
  • Al finalizar la ceremonia, la familia podrá recibir el pésame (si así lo desea).

Somos un camposanto ecuménico y, en caso, la familia no profese la religión católica, la ceremonia se desarrollara acorde a lo concertado con el coordinador de protocolo.